ANAM

Sistema Electrónico
de Aduanas

Importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.

Ciudad de México, 20 de julio de 2023

Boletín 014/2023

Como es de su conocimiento la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semiremolques y portacontenedores están a cargo de particulares previa autorización, de conformidad con los artículos 16-B en relación con el diverso 106, fracción I, ambos de la Ley Aduanera vigente.

Ahora bien, derivado de diversas manifestaciones de particulares que han sido cuestionados respecto a la autenticidad del documento con el que comprueban la legal importación temporal del remolque, semirremolque y portacontenedores que transportan las mercancías, por no ostentar la firma autógrafa de algún funcionario y la certificación por impresora del sistema electrónico de cómputo, siendo víctimas de presuntos abusos de autoridades locales y federal del país.

Por lo anterior, se muestra a continuación un ejemplo del “Pedimento de Importación Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores”, el cual es portado por los usuarios de comercio exterior, para acreditar la legal estancia de los mismos en territorio nacional, acorde entre otros, con los artículos 2º, fracción XVI, 6º, 35, 36 y 106, fracción I de la Ley Aduanera, 6 y 66 de su Reglamento, así como las reglas 1.2.1. y 4.2.1., de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023; pedimento que es transmitido a las autoridades aduaneras, a través del sistema electrónico aduanero, en documento electrónico, con información referente a las mercancías, empleando la firma electrónica avanzada o sello digital, generándose en su caso, el código de aceptación (su validación). Razones por las que carece y no se previene firma autógrafa de funcionarios o interesados y/o sello de impresión de certificador manual.

Ponemos a su disposición el correo electrónico de la Dirección General de Modernización Equipamiento e Infraestructura Aduanera para cualquier comentario: buzondgmeia@anam.gob.mx

La información registrada en el presente no tiene vigencia.

boletin014_2023