Se amplía la vigencia de los gafetes de identificación (cartón) y la obligatoriedad de portar el Gafete Único de Identificación para los conductores de transportación de petrolíferos.
Ciudad de México, 12 de diciembre de 2022
Boletín 038/2022
Se hace referencia al Boletín número 1 del 24 de marzo del año en curso, mediante el cual con referencia a lo dispuesto en el apartado A, numeral 9 de los “Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados” versión 8.4., se hizo del conocimiento de los usuarios del comercio exterior que se ampliaba al 31 de diciembre de 2022, la vigencia de los gafetes de identificación (cartón).
Al respecto, se hace del conocimiento de los usuarios de comercio exterior que la vigencia de los gafetes de cartón expedidos en 2021 será hasta el 31 de marzo de 2023.
Por lo anterior, se sugiere tomar las previsiones necesarias para tramitar con oportunidad la expedición de los gafetes 2023, en términos de los citados Lineamientos.
Asimismo, con relación a la obligatoriedad de portar el Gafete Único de Identificación (GUI) para los conductores de la Administración Pública Federal que realizan la transportación de productos petrolíferos, prevista en el apartado D, numeral 2 de los Lineamientos referidos, se informa que su cumplimiento será hasta el 30 de abril de 2023.