Importación temporal de vehículos
Manual para Usuarios

Es importante hacer de su conocimiento que derivado de la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México la Administración Central de Operación Aduanera cambio de nombre a la Dirección General de Operación Aduanera con sede en Avenida Paseo de la Reforma número 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México.
Por lo anterior, deberá de remitir a la dirección señalada con antelación todas las solicitudes de trámites referentes a los permisos de importación temporal de vehículos, motocicletas, casas rodantes y embarcaciones de origen extranjero, lo anterior con fundamento en los artículos 2, Apartado D, fracción VII y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 4, Apartado B fracción I, 17, fracción XXII del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (RIANAM) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2021, así como el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dicho reglamento dado a conocer en el mismo medio de difusión el 24 de mayo de 2022; Reglas 3.4.7., 4.2.5, 4.2.6., y 4.2.7. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.
Obtén el permiso de tu vehículo a tiempo
Cuando vengas de visita a México del extranjero y traigas tu vehículo, recuerda que necesitas un permiso para entrar al país.
Tramitarlo a tiempo evitará demoras en tu viaje y ayudará a no tener filas de espera en la frontera que afectan el tiempo de todos.
Puedes hacerlo:
- En línea, en www.gob.mx/banjercito, de 10 y hasta 60 días antes de tu viaje.
- En un Consulado de México en los Estados Unidos de América, hasta 6 meses antes de tu viaje.
Si no tuviste oportunidad de hacerlo, o si viajas de improviso, puedes tramitarlo cuando vayas a ingresar al país en alguno de los siguientes lugares:
El trámite tiene un costo de:
También pagas un depósito en garantía por tu auto según la siguiente relación:
- Modelos 2007 y posteriores, 400 dólares
- Modelos 2001 a 2006, 300 dólares
- Modelos 2000 y anteriores, 200 dólares
BANJERCITO, devolverá el depósito en garantía en la misma forma en que el interesado la constituyó, siempre que se haya registrado el retorno definitivo del vehículo antes del vencimiento del permiso. Si el depósito en garantía fue realizado con tarjeta de crédito o débito internacional, la devolución se realizará a la tarjeta bancaria que corresponda, al día hábil bancario siguiente al retorno definitivo del vehículo; o bien, si el depósito se efectuó en efectivo, la devolución de la garantía se hará en efectivo en cualquier Módulo CIITEV ubicado en las aduanas fronterizas.
Además, debes firmar una carta compromiso de regresar tu vehículo en el plazo autorizado.
Con este permiso no puedes en territorio nacional:
- Vender tu auto.
- Regalar tu auto.
- Usar tu auto con fines comerciales (Transporte público o de mudanza o flete).
Requisitos
- Tratándose de mexicanos residentes en el extranjero, así como los que acrediten laborar en el extranjero por un año o más, deberán presentar para tales efectos, el documento emitido por la autoridad migratoria del país extranjero que los acredite como residentes permanentes o temporales en el extranjero, o la autorización expresa de la autoridad competente de ese país que les otorgue la calidad de prestadores de servicios conforme a los acuerdos internacionales de los que México sea parte.
- Tratándose de extranjeros con condición de estancia de visitantes, residente temporal y residente temporal estudiante, podrán importar temporalmente un solo vehículo, debiendo presentar para tales efectos su pasaporte vigente o tarjeta pasaporte (passport card) y el documento oficial que emita la autoridad migratoria.
- El interesado deberá acreditar la propiedad o posesión del vehículo que se pretende importar temporalmente, debiendo presentar para tales efectos cualquiera de los siguientes documentos en original y copia simple:
- Título de propiedad o registro de placas vigente que los acredite como propietarios del vehículo, emitido por la autoridad competente del país extranjero.
- Contrato de arrendamiento a nombre del importador, con la carta de la arrendadora que autorice la importación temporal del vehículo.
- Contrato de crédito a nombre del importador.
- Documento que acredite la relación laboral del importador y el documento que acredite la propiedad del vehículo por parte de la empresa. Declarar bajo protesta de decir verdad, que se comprometen a retornar el vehículo de que se trate, dentro del plazo autorizado y a no realizar actos u omisiones que configuren infracciones o delitos por el indebido uso o destino del mismo.
Verifica el estado de tu permiso
- En la aplicación podrás conocer los siguientes datos: lugar de expedición, nombre del módulo donde fue expedido el permiso, número de permiso, serie, entre otros.
- Directamente en cualquiera de los módulos CIITEV ubicados en la frontera de nuestro país, tratándose de los permisos de internación temporal de vehículos fronterizos y de importación temporal de vehículos.
- En los consulados de México ubicados en los Estados Unidos de América, que cuentan con módulo de BANJERCITO.
¿Quiénes pueden conducir tu vehículo?
Si eres mexicano:
- Tu esposa/o, padres, hijos o hermanos, siempre y sean residentes permanentes en el extranjero.
- Un extranjero con condiciones de estancia migratoria de visitante.
- Un residente temporal o residente temporal estudiante.
- Cualquier persona siempre que tú viajes a bordo del vehículo.
Si eres extranjero:
- El importador.
- Tu esposa/o, padres, hijos o hermanos, aun cuando no sean residentes extranjeros.
- Un extranjero con condiciones de estancia migratoria de visitante.
- Un residente temporal o residente temporal estudiante.
- Cualquier persona siempre que tú viajes a bordo del vehículo.
Presenta tu vehículo en el módulo CIITEV ubicados en las fronteras del País, para que te den tu comprobante de retorno y te devuelvan el depósito en garantía.
Si realizas la importación temporal de un vehículo y por alguna razón no lo retornaste a tiempo, solicita el retorno seguro ante la Administración de Apoyo Jurídico de Auditoria de Comercio Exterior de la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoria de Comercio Exterior dependiente de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.
Con este programa se otorga un plazo de 5 días hábiles a partir de la presentación del aviso ante oficialía de partes, para retornar el vehículo de manera legal a su lugar de origen.
Te sugerimos no conducir tu vehículo antes de que realices el trámite de retorno seguro ya que, de lo contrario, el vehículo se encuentra de manera ilegal en el país y podrás ser sujeto de sanciones, decomiso y/o embargo del mismo, o en su caso, privación de la libertad de la persona que lo conduzca.
Para mayor información comúnicate a MarcaSAT: 627 22 728 opciones 7 y 8 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 del resto del país. Desde Estados Unidos y Canadá al 1 877 44 88 728.
El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por mexicanos residentes en el extranjero, será de 180 días naturales de estancia efectiva en el país, computables a partir de la fecha de ingreso del vehículo a territorio nacional y utilizables en un periodo de 12 meses, considerando entradas y salidas múltiples, amparado en todo momento por la garantía existente.
El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por extranjeros será el de la vigencia de su condición de estancia otorgada por la autoridad migratoria.
Para los extranjeros con condición de estancia de residentes temporales y residentes temporales estudiantes que renueven su permanencia en territorio nacional, la vigencia del permiso de importación temporal del vehículo se acreditará con el documento oficial que emita la autoridad migratoria, sin que se requiera autorización de las autoridades aduaneras.
Asimismo, a efecto de que no se haga efectiva la garantía otorgada dentro de los 15 días siguientes a aquél en que les hubiere sido otorgada la renovación de su condición de estancia de residente temporal residente temporal estudiante, los extranjeros deberán presentar ante cualquier aduana del país o a la Administración Central de Operación Aduanera, un escrito en el que se haga constar dicha circunstancia, anexando copia del comprobante de dicho trámite y del permiso de importación temporal del vehículo.
Conjuntamente con la importación temporal del vehículo se podrá importar una embarcación de hasta cuatro y medio metros de eslora incluyendo el remolque para su transporte, carros de recreo, motocicletas, trimotos, cuadrimotos o motos acuáticas, que no hayan sido concebidas, destinadas o fabricadas para circular por las vías generales de comunicación, sean federales, estatales o municipales, por un máximo de tres unidades, para lo cual se deberá acreditar la propiedad de las unidades transportadas y registrarlas en el mismo permiso de importación temporal del vehículo.
Tratándose de motocicletas o trimotos que ingresen al país por su propio impulso, que cuenten con placas extranjeras para circular por las vías generales de comunicación, deberán de solicitar un permiso de importación temporal y cumplir con los mismos requisitos señalados en este documento, sin aplicar lo señalado en el párrafo anterior.
En caso de accidente, robo, decomiso, embargo o venta; o si pretendes ingresar antes de la fecha de inicio de la vigencia de tu permiso, o cambiar el vehículo, debes reportarlo en cualquier módulo CIITEV.
Una vez que hayas obtenido tu permiso si te encuentras en:
En el extranjeroSi tu vehículo fue robado, vendido, descompuesto, embargado o sufriera un accidente, debes demostrarlo con el original del documento que expida la autoridad correspondiente y con los requisitos que señala el “Manual para Usuarios que realizan el Trámite de Internación Temporal de Vehículos e Importación Temporal de Vehículos, Casas Rodantes, y Embarcaciones de Procedencia Extranjera” vigente, asimismo, dicha documentación deberá ser remitida por medio de correo certificado a la Dirección General de Operación Aduanera con sede en Avenida Paseo de la Reforma número 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México.
En MéxicoSi tu vehículo fue robado en México debes pagar los impuestos al comercio exterior que correspondan en la aduana más cercana y contar con la denuncia de robo levantada por la autoridad con los datos del vehículo.
- El importador según sea el caso, deberá presentar ante la aduana más próxima al lugar del accidente del vehículo, casa rodante o embarcación:
- Original del formato denominado “Aviso del Accidente ocurrido al vehículo Internado/Importado Temporalmente” (Anexo 4 del citado Manual) en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores al accidente del vehículo.
-
- Original del formato “solicitud de cancelación del permiso de internación/importación temporal de vehículos que haya sufrido un accidente o daño en territorio nacional” (anexo 7 del citado Manual).
- Original del permiso de internación o importación temporal y holograma original, En caso de no contar con el original del permiso de internación o importación temporal y/o holograma original, adjuntar el formato denominado “escrito bajo protesta de decir verdad”. (Anexo 1 del citado Manual, solo para permisos emitidos antes de febrero de 2020).
- Copia simple legible del “Aviso del Accidente ocurrido al vehículo Internado/Importado Temporalmente” (Anexo 4 del citado Manual), con sello de acuse de recibo de la aduana correspondiente.
- Copia simple legible de la autorización de destrucción de restos del vehículo emitida por la autoridad aduanera competente.
- Copia simple legible del acta de hechos levantada por la autoridad aduanera competente, en el que se haga constar la destrucción de los restos del vehículo.
Verificar que todos los datos de identificación del vehículo como lo es, marca, año, modelo, tipo y número serie (NIV o VIN), así como los datos del importador se encuentren impresos en el permiso y sean los correctos.
Para mayor información puede comunicarse a través de MarcaSAT:
- Desde la Ciudad de México 627 22 728 opciones 7 y 8.
- Del resto del país 01 55 627 22 728 opciones 7 y 8.
- Desde Estados Unidos de América y Canadá 1 8 77 44 88 728 opciones 7 y 8.
Con permiso de importación temporal expedido por Banjercito
Quienes pueden realizar el trámite
Los extranjeros o mexicanos residentes permanentes en el extranjero.
Requisitos
- Tratándose de mexicanos residentes en el extranjero, el número del documento emitido por la autoridad migratoria del país extranjero que los acredite como residentes permanentes en el extranjero o de la autorización expresa de la autoridad competente de ese país que les otorgue la calidad de prestadores de servicios conforme a los acuerdos internacionales de los que México sea parte.
- Tratándose de extranjeros, que ingresarán el número de pasaporte, acta de nacimiento o cualquier otro documento que acredite su nacionalidad.
- El interesado deberá registrar los datos de la casa rodante que pretende importar temporalmente, indicando si amparará la propiedad del mismo con el título de propiedad o registro vehicular emitido por la autoridad competente del país extranjero.
Quienes pueden conducir la casa rodante importada temporalmente en territorio nacional
Las casas rodantes podrán ser conducidas o transportadas en territorio nacional por el importador, esposa(o), sus padres, hijos o hermanos siempre que sean residentes permanentes en el extranjero o por cualquier otra persona cuando viaje a bordo el importador.
Unidades que pueden importarse conjuntamente con la casa rodante
Conjuntamente con la importación temporal de la casa rodante, se podrá realizar la importación temporal de motocicletas, trimotos, cuatrimotos, motos acuáticas o carros de recreo, siempre que no hayan sido concebidos, destinados o fabricados de modo evidente para circular por vías generales de comunicación, sean federales, estatales o municipales, por un máximo de tres unidades, para lo cual se deberá acreditar la propiedad de las unidades transportadas y registrarlas en el mismo permiso de importación temporal de la casa rodante. En estos casos, el plazo del permiso de importación temporal de la casa rodante será de 180 días.
Vigencia
El plazo a que se sujetará la importación temporal de la casa rodante será de 10 años y se empezará a computar a partir de la fecha de inicio de la vigencia del “permiso de importación temporal de casa rodante” y podrá realizar entradas y salidas múltiples durante la vigencia del permiso de importación temporal.
Obten un nuevo permiso
Los interesados podrán solicitar un nuevo “Permiso de importación temporal de casa rodante”, para la misma casa rodante por un plazo de diez años, siempre que realicen el trámite de importación temporal hasta con 15 días de anticipación al vencimiento del permiso vigente, vía internet a través de la página www.gob.mx/banjercito o en cualquiera de los Módulos CIITEV, sin que en este último caso se requiera la presentación física de la casa rodante.
Retorno
Para registrar y obtener el comprobante del retorno definitivo de la casa rodante, el interesado deberá presentar ante el personal de BANJERCITO que opera los Módulos CIITEV en las aduanas de salida la casa rodante, el permiso, holograma, en su caso, los vehículos de recreo y el remolque para su traslado que hayan sido importados temporalmente.
Recomendaciones
Verificar que todos los datos de identificación de la casa rodante como lo es, marca, año, modelo, tipo y numero serie (NIV o VIN), así como los datos del importador se encuentren impresos en el permiso y sean correctos, ya que se dan casos en que se presentan documentos de otra casa rodante que no es la que se pretende importar.
Para mayor información puede comunicarse a través de MarcaSAT:
- Desde la Ciudad de México 627 22 728 opciones 7 y 8.
- Del resto del país 01 55 627 22 728 opciones 7 y 8.
- Desde los Estados Unidos de América y Canadá 1 8 77 44 88 728 opciones 7 y 8.
Programa sólo Sonora
El gobierno del Estado de Sonora y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, celebraron un convenio a fin de otorgar facilidades en la internación temporal de vehículos de procedencia extranjera, propiedad de turistas extranjeros y mexicanos residentes en el extranjero, para circular exclusivamente en el territorio del Estado de Sonora, del cual tiene los beneficios siguientes:
- Zona libre circulación en el Estado de Sonora: (zona verde, ver mapa).
Los vehículos extranjeros propiedad de turistas extranjeros o mexicanos residentes en el extranjero, pueden circular libremente por el Noroeste del Estado de Sonora, sin que sea necesario contar con ningún tipo de permiso para su importación temporal.
El noroeste del Estado de Sonora queda delimitado al este por la carretera federal no. 2, desde Agua Prieta, Sonora hasta su entronque con la carretera Federal no. 15 en Imuris, Sonora y desde este último punto hasta Empalme, Sonora, por la carretera no 15; al Oeste desde San Luis Río Colorado, Sonora, siguiendo los límites del Estado y la línea costera hasta Empalme, Sonora. (zona verde).
Vehículos de recreo anexos: En caso de que el automóvil transporte vehículos de recreo (motocicletas, trimotos, cuatrimotos, motos acuáticas, que no hayan sido concebidas, destinadas o fabricadas para circular por las vías generales de comunicación, o una embarcación de hasta 4 y medio metros de eslora), no podrá hacer uso del beneficio de la zona libre y será necesario que solicite un permiso de importación temporal en cualquiera de los módulos CIITEV ubicados en las aduanas de entrada a México, donde deberá de registrar dichas unidades (máximo 3 vehículos de recreo), cumpliendo con los requisitos previstos en el apartado de automóviles referido en este sitio.
- Zona libre circulación en el Estado de Sonora: (zona verde, ver mapa).
- Permiso de importación temporal de vehículos sólo Sonora para internarse temporalmente al resto del Estado de Sonora. (zona gris, ver mapa).
Para internar el vehículo extranjero al resto del territorio del Estado de Sonora y siempre que su internación se restringa a los límites del estado, deberás de tramitar un permiso de importación temporal sólo Sonora, cumpliendo con los requisitos previstos en el apartado de automóviles referido en este sitio, a excepción del depósito en garantía, el cual puedes obtener a través de:
- Ventanillas de Banjercito:
- Módulo de Banjercito ubicado en el Km. 98 de Empalme, Son. (carretera Cd. Obregón – Guaymas)
- Módulo de Banjercito ubicado en las Aduanas de Agua Prieta, Naco y Cananea.
- Consulado de México en Phoenix, AZ.
- A través de Internet en la página www.gob.mx/banjercito
- Ventanillas de Banjercito:
Vigencia:
La vigencia del permiso de importación temporal de vehículos sólo Sonora es de 180 días
Cancelación de permisos de importación temporal
IMPORTANTE: En todos los casos es necesario que se presente el original del permiso de importación temporal de vehículos con su holograma y que la documentación especifique la marca, modelo y número de serie del vehículo.
Si no cuentas con el permiso de importación temporal de vehículos (PITV) y aún se encuentra vigente, se proporcionará una declaración en ese momento.
La certificación emitida por un notario público de los Estados Unidos de América no será aceptada, ya que carece de valor probatorio al no haberse emitido por una autoridad en el extranjero.
Con la presentación física del vehículo:
Original del permiso de importación temporal y el holograma, que debe estar adherido al parabrisas del vehículo.
Sin la presentación física del vehículo por:
Robo:
Original o copia apostillada o sellada del documento emitido por el Departamento de Policía el que acredite el robo en Estados Unidos.
En caso de que no exista el reporte de la policía, será aceptado el documento original o copia apostillada o sellada emitida por el Departamento de Motores y Vehículos (DMV), en el que se especifique la leyenda “stolen” (robado) o “car theft” (vehículo robado).
Accidente o daño
Original o copia apostillada o sellada del reporte emitido por el Departamento de Policía del lugar en donde sucedió el accidente o daño en Estados Unidos.
En caso de que no exista el reporte de la policía, será aceptado el documento original o copia apostillada o sellada emitida por el Departamento de Motores y Vehículos (DMV), en el que se especifique la leyenda “total loss” (pérdida total).
Venta:
Original o copia apostillada o sellada del documento emitido por el Departamento de Motores y Vehículos (DMV), en el que se especifique que la mercancía de referencia se encuentra registrada a nombre de otra persona que no sea el importador, o en su caso, que la mercancía ya no pertenece al importador.
Embargo por parte del Departamento de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP):
Original o copia apostillada o sellada del documento emitido por el Departamento de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP), en el que se especifique el embargo del vehículo de referencia.
Descompostura o localizado en el extranjero:
Original o copia apostillada o sellada del reporte de la inspección física, realizada por el Departamento de Policía del lugar en donde sufrió la descompostura o en donde se encuentra el vehículo en Estados Unidos.
Nota: El usuario extranjero o connacional deberá remitir a la Dirección General de Operación Aduanera con sede en Avenida Paseo de la Reforma número 10, Piso 26, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06030, Ciudad de México, la documentación correspondiente a la situación acontecida en el extranjero en la que se encuentra el vehículo.