ANAM – Agencia Nacional de Aduanas de México

Sistema Electrónico
de Aduanas

Mayores controles en Depósito Fiscal

¿Qué se detectó? Algunos Almacenes Generales de Depósito (AGD) presentaban avisos de no arribo de mercancías en tiempo legal (20 días naturales), sin presentar justificación válida, por lo que las mercancías permanecían en México sin pagar impuestos ni cumplir regulaciones.

🚨 Nuevas medidas desde el 30 de mayo de 2025
1. La mercancía debe arribar al AGD máximo 20 días naturales después de la carta de cupo
– Excepción: solo caso fortuito o fuerza mayor
2. Si no llega en ese plazo, se considera que la mercancía está ilegalmente en el país
– Se deben pagar contribuciones, cuotas compensatorias y cumplir regulaciones
3. No se puede cambiar el régimen aduanero ni transferir la mercancía hasta que llegue al AGD
4. La falta de arribo es motivo para la suspensión en los padrones de comercio exterior

⚖️ ¿Por qué es importante?
• Evita evasión fiscal y prácticas ilegales
• Garantiza cumplimiento de normas y regulaciones
• Protege la seguridad jurídica y económica

Fuente: Reglas 4.5.7., 4.5.33. y 4.5.34. de la Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2025 DOF 29/05/2025