
Mensajería y paquetería: nuevas reglas para importaciones simplificadas
🚨Ciertas empresas de mensajería y paquetería, coludidas en algunos casos con plataformas de comercio electrónico asiáticas, ingresaban mercancías a México:
❌ Sin pagar contribuciones ❌ Sin cumplir regulaciones ni restricciones no arancelarias
A partir del 1 de enero de 2025, las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) establecen nuevas condiciones para el procedimiento simplificado de importación. Solo se permite el ingreso si se cumple con lo siguiente:
1. Presentar en la aduana un escrito con acceso a su sistema de análisis de riesgo, que incluya:
- País de origen
- Número de operaciones
- Aduana de ingreso
- Descripción
- Cantidad y valor de las mercancías
- Información del destinatario o consignatario
- Domicilio de entrega de la mercancía, y, en su caso, información de la plataforma de comercio electrónico mediante la cual se realizó la operación
2. El valor de la mercancía no debe exceder 2,500.00 USD
3. Pago de contribuciones según el origen y el valor de la mercancía:

📉 Incumplir estas reglas puede provocar la revocación de la autorización para operar como empresa de mensajería o paquetería.
📑 Deben presentar avisos al SAT y a la ANAM 💸, aclarando que en el procedimiento simplificado se deben pagar cuotas compensatorias
🚫 No aplica el procedimiento simplificado para motocicletas eléctricas