Pago de contribuciones por excedente de Franquicia de pasajeros
Con la franquicia puedes traer contigo mercancía hasta por un valor de 300 dólares sin pagar impuestos adicionales a tu equipaje personal cuando ingreses al país por vía terrestre y de 500 dólares cuando ingreses por vía aérea o marítima.
Si el valor de la mercancía excede de los montos anteriores, puedes efectuar la importación de las mercancías distintas a las de tu equipaje personal sin utilizar los servicios de un agente o un apoderado aduanal, pagando una tasa global del 19%, excluyendo la franquicia y siempre que no exceda de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional.
Tratándose de equipo de cómputo, el valor sumado al de las demás mercancías no debe exceder de 4,000 dólares o su equivalente en moneda nacional.