ANAM

Sistema Electrónico
de Aduanas

Trámite

La importación del vehículo se deberá realizar en la Aduana de entrada, a través de pedimento, por conducto de agente aduanal, quien determinará la correcta fracción arancelaria en la cual se clasifica su vehículo.

El pedimento únicamente podrá amparar el vehículo a importar y ninguna otra mercancía.

Documentos necesarios

Al pedimento se deberá anexar copia de la siguiente documentación:

  1. Título de propiedad a nombre del importador o endosado a favor del mismo, con el que se acredite la propiedad del vehículo;
  2. Identificación oficial del importador, de cualquiera de los siguientes documentos, siempre que se encuentren vigentes y no existan indicios de haber sido alteradas o falsificadas:
    1. Credencial para votar con fotografía.
    2. Cédula Profesional.
    3. Pasaporte.
    4. Forma Migratoria con fotografía.
    5. Cartilla del Servicio Militar Nacional.
    6. Carta de Naturalización.
    7. Credencial de Inmigrado.
    8. Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad o Digital.
  3. Credencial para votar con fotografía a nombre del importador con la que acredite su domicilio o en su caso cualquiera de los siguientes documentos:
    1. Recibo de pago de predial, luz, teléfono o agua, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses;
    2. Estado de cuenta de alguna institución del sistema financiero, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses;
    3. Contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente, con el último recibo de pago correspondiente al mes en que se haga el acreditamiento o al mes inmediato anterior;
    4. Pago, al Instituto Mexicano del Seguro Social, de las cuotas obrero patronales causadas en el mes inmediato anterior, o
    5. Constancia de radicación expedida por el Municipio correspondiente, siempre que tenga una antigüedad no mayor a 3 meses.
  4. La CURP del importador, cuando se trate de personas físicas.
  5. Calca o fotografía digital del número de identificación vehicular del vehículo.

Contribuciones

Reglas 3.5.1. fracción II. y 3.5.4., y Glosario de definiciones y acrónimos ​de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013