Información para ingresar como pasajero
¿Qué documentos necesito para ingresar a México?
Como mexicano, al ingresar a México debes presentar cualquiera de estos documentos vigentes:
- Pasaporte, cédula de identidad ciudadana, cédula de identidad personal, acta de nacimiento, matrícula consular, carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana.
- Podrás identificarte con credencial para votar con fotografía vigente o cualquier otro documento expedido por la autoridad en ejercicio de sus funciones.
- Si no tienes documentos, deberás rendir declaración bajo protesta de decir verdad y proporcionar elementos a fin de comprobarla.
A tu ingreso recibirás el formato estadístico o para mexicanos (FEM), el cual debes llenar y entregar al Agente Federal de Migración. ¡Recuerda que el FEM no tiene costo!
Paisano, el pasaporte o el acta de nacimiento emitido en EUA no acreditan tu nacionalidad mexicana.
Si eres extranjero
Para ingresar a México, debes completar todos los trámites migratorios. Todos los ciudadanos extranjeros deben contar con pasaporte válido y vigente.
Toma en cuenta que bajo ninguna circunstancia México emite visas en los puertos de entrada al país. Sin embargo, existen facilidades migratorias que nuestro país te ofrece para poder ingresar, entre ellas se mencionan las siguientes:
Los ciudadanos extranjeros que cuenten con pasaporte y tenga además alguno de los siguientes documentos no requieren visa mexicana:
I. Visa válida y vigente de entradas múltiples de los Estados Unidos.
II. Tarjeta de residente permanente en Canadá, los Estados Unidos, Japón, el Reino Unido o cualquier país que pertenezca al espacio Schengen.
III. Tarjeta de viaje para personas de negocios (APEC Business Traveler Card (ABTC)), aprobada por México.
Requisitos migratorios de entrada a México para visitantes extranjeros que podrían ser solicitados por oficiales de migración a su ingreso al país:
I. Pasaporte o documento de identidad válido y vigente.
II. Información personal solicitada por las autoridades de migración.
III. Justificación del viaje. Esta información debe de estar acorde con la visa emitida, en caso de que esta sea necesaria. Si viaja como turista, se le solicitará acreditar solvencia económica, así como la reservación de hotel (preferentemente pagada); podrá serle requerido demostrar su lugar de residencia y de origen.
IV. Dirección y período de estancia en el territorio nacional. Es importante presentar el boleto de ida y vuelta al país de origen y demostrar que la reserva del hotel es consistente con las fechas de estancia en el país.
V. Información relacionada con las actividades que serán realizadas en el territorio nacional, así como aquellas realizadas en el lugar de origen.
VI. Solvencia económica por el período de estancia en el territorio nacional. Es ampliamente recomendable contar con una tarjeta de crédito internacional.
El oficial de migración a su entrada a México sellará una forma migratoria que deberá conservar, ya que este documento deberá ser entregado a la oficina de migración a su salida del país.
Si tu situación migratoria es bajo la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turísticas), entonces debes saber que deberás pagar el DNR.
¿Qué es el DNR?
El DNR Es el derecho que deben pagar los extranjeros cuando ingresan a México bajo la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turísticas), por vía aérea, terrestre o marítima. Actualmente es de $533.00 pesos por persona.
Si viajas con un amigo que no sea mexicano él deberá pagar el DNR.
¿Cómo y dónde pagan el DNR los extranjeros?
Si el extranjero viaja por vía aérea, paga el DNR al comprar su boleto de avión. Si viene por vía terrestre o marítima, lo deberá pagar en cualquier sucursal bancaria en México o bien, en el lugar donde ingresa al país, a cambio debe recibir el comprobante de derechos migratorios correspondiente, presentando su pasaporte y la forma migratoria múltiple (FMM) siempre que su motivo de viaje sea turismo o negocios, u otros.
¿Quiénes NO pagan el DNR?
1. Los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que entren a México vía terrestre y su estancia sea menor a siete días.
2. Extranjeros que porten visa mexicana válida y vigente que acredite cualquier condición de estancia, distinta a la de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.
3. Extranjeros con residencia temporal o permanente en México que tengan una forma migratoria vigente, antes FM2 o FM3.
4. Extranjeros diplomáticos o con visa oficial de servicios.
5. Los niños menores de 2 años.