Autorización para transmitir pedimentos a través del Sistema Electrónico Aduanero
Las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales, podrán solicitar la autorización para transmitir pedimentos a través del Sistema Electrónico Aduanero, acreditación de representante legal, auxiliares y aduanas, sin la intervención de agentes aduanales o agencias aduanales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40 y 59-B de la Ley Aduanera; 68, 69, 236, 238 y 239 de su reglamento; atendiendo lo establecido en la regla 1.10.1., de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 y la ficha de trámite 28/LA, denominada “Solicitud para el despacho directo, acreditación de representante legal y auxiliares”, contenida en el Anexo 1-A “Trámites de Comercio Exterior”, de las mencionadas reglas.
Pago de derechos por la autorización de Representante Legal establecido en la Ley Federal de Derechos.