Crédito de IVA/IEPS en importaciones temporales Nuevos requisitos y sanciones a partir del 15 de octubre de 2024
Ciertas empresas pueden importar mercancías temporalmente a México sin pagar IVA (Impuesto al Valor Agregado) ni IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) a efecto de fomentar las exportaciones y la competitividad de las empresas mexicanas, especialmente aquellas bajo el programa IMMEX. Las empresas deben cumplir con al menos una de estas condiciones:
1. 📋 Estar registradas en el Esquema de Empresas Certificadas del SAT, o 2. 💰 Presentar una garantía ante el SAT
Sin embargo, algunas empresas abusaban de este esquema sin cumplir correctamente con sus obligaciones. A partir de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, publicada en el DOF el 14 de octubre de 2024, se reforzaron los requisitos para obtener el registro y presentar la garantía, estipulando sanciones más severas en caso de incumplimiento o uso indebido del beneficio fiscal.
🔍 ¿Por qué se fortalecieron las reglas? ✅ Para garantizar la integridad fiscal ✅ Para fomentar la legalidad y responsabilidad empresarial ✅ Para evitar el uso indebido de facilidades tributarias
Fuente: Reglas: 7.1.1. al 7.4.11. Resolución anual de las RGCE para 2015 publicadas el 30 de diciembre de 2024.