ANAM

Sistema Electrónico
de Aduanas

Especies amenazadas de fauna y flora silvestre

Certificados CITES

Todos los ejemplares, productos o subproductos de vida silvestre requieren un certificado CITES o una autorización de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) de la SEMARNAT para ser ingresados a nuestro país.

Si no cumples con estos requisitos los puedes perder y ser sancionado. Así mismo, si compras, posees, transportas, ingresas o sacas ejemplares, productos o subproductos de flora y/o fauna silvestre, debes acreditar su legal procedencia, de lo contrario podrías ser sancionado con una multa de hasta 50 mil días de salario mínimo y hasta 9 años de prisión.

Para más información consulta www.cites.org

Qué artículos de uso personal no requieren del certificado CITES?

Todos aquellos que hayan sido elaborados con productos o subproductos de vida silvestre como botas, bolsas, abrigos, collares, aretes, adornos y otros bienes del hogar no requieren de un certificado CITES o autorizaciones de importación o exportación, siempre y cuando estos artículos no excedan de 2 piezas del mismo producto.

Detente

Di no a productos elaborados con tortugas marinas, marfil, loros mexicanos, monos, pieles de ocelote o jaguar.

Precaución

Con corales, orquídeas, cactáceas, conchas, artículos de cuero e insectos.

 

Objetos o muebles de madera

Si adquieres artesanías, objetos o muebles de madera maciza nuevos, usados o con apariencia de usados o antiguos, asegúrate que se encuentren pintados, laqueados, aceitados, barnizados o con algún recubrimiento de acabado y sin corteza, ya que esto disminuye la posibilidad de que traigan plagas como hongos, termitas u otros insectos que no existen en nuestro país.

Un inspector de PROFEPA deberá hacer la revisión al momento de tu entrada al país.

 

Sustancias agotadoras de la capa de ozono (contaminantes)

No contribuyas a la importación y exportación de sustancias que dañan la salud humana, la capa de ozono y el ambiente, ya existen sustitutos, los cuales tienen la leyenda: “Esta sustancia no daña la capa de ozono”.

Si almacenas, traficas, importas, exportas, transportas o abandonas dichas sustancias de manera ilegal, serás sancionado con una multa y con cárcel.

Está prohibida la introducción al país de los siguientes residuos peligrosos, sin autorización de la SEMARNAT:

  • Desechos electrónicos como celulares, computadoras y electrodomésticos, que estén inservibles y no puedan ser reutilizados.
  • Baterías automotrices usadas, adicionales a las que utiliza el automóvil.

Desechar estos productos o sus partes en sitios no adecuados, puede ocasionar daños al medio ambiente y a la salud pública.