Los artesanos que son invitados a exposiciones, convenciones o congresos internacionales, llevan sus artesanías como parte de su equipaje en viajes internacionales, pero al regresar, en ciertas aduanas consideraban que esas mercancías no formaban parte de su equipaje y les exigían el pago de contribuciones. Sin embargo, a partir del 30 de mayo de 2025:
Los artesanos pueden exportar temporalmente sus artesanías sin que se consideren equipaje.
Las artesanías no vendidas en el extranjero podrán reingresar a México sin pagar contribuciones, siempre que: – No haya pasado más de 1 año desde su salida del país. – Se cumplan las formalidades establecidas
Fuente: Regla 4.4.7., Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2025, DOF 29/05/2025