ANAM – Agencia Nacional de Aduanas de México

Sistema Electrónico
de Aduanas

La importación de calzado debe ser en pares

📌Algunas empresas importaban indebidamente zapatos por separado (pie derecho en una aduana y pie izquierdo en otra), para armar pares en territorio nacional. Declaraban cada zapato como parte de calzado, usando fracciones arancelarias para pagar menos aranceles (entre 5-20%), evadiendo regulaciones y restricciones no arancelarias, además de evitar la aplicación de la garantía establecida en la Resolución de precios estimados. Sin embargo, el calzado terminado en pares sí está regulado y paga entre 10% y 30% de aranceles.

🧭 Importar calzado por pieza y no por par es una práctica indebida.

A partir del 1° de enero de 2025, la clasificación correcta del calzado debe ser como par terminado, con la unidad de medida y fracción arancelaria correspondiente. La clasificación errónea de mercancías implica un pago incorrecto de impuestos.

Fuente: Criterio no vinculativo 4/LA/NV, Reglas Generales de Comercio Exterior 2025. Publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2024