ANAM

Sistema Electrónico
de Aduanas

Menaje Permanente

Los estudiantes o investigadores mexicanos que deseen importar su menaje de casa, para establecerse permanentemente en territorio nacional, deberán efectuarlo en apego al siguiente procedimiento:

    1. Obtener la autorización de importación de la Administración Desconcentrada Jurídica, para lo cual, deberá cumplir con lo siguiente:
      1. Haber residido en el extranjero por lo menos un año.
      2. Manifestar por escrito, su nombre completo, domicilio​ en el extranjero, descripción y cantidad de la mercancía que integra su menaje de casa.
      3. Comprobar mediante documentos, su residencia en el extranjero como estudiante o investigador.
      4. Comprobar la fecha de adquisición de la mercancía que integra el menaje de casa (adquirido seis meses antes de que pretenda importarse.
      5. Descripción y cantidad de la mercancía​ que integra el menaje de casa.

    1. La importación deberá efectuarse a través de agente aduanal, quien deberá formular un pedimento A1, en el que declare, la fracción arancelaria 9804.00.01, de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), en el campo correspondiente a la misma.​


Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM)

Teléfonos 01 (55) 33 00 75 00 en México, D.F.

Página de Internet: Enlace a un sitio externo  www.caaarem.mx

Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA)

Teléfonos 01 (55) 1107-8515 / 1107-8592 en México, D.F.

Página de internet: Enlace a un sitio externo  www.claa.org.mx

    1. El interesado no deberá presentar facturas comerciales ni estar inscrito en el padrón de importadores

Fundamento Legal: Artículos 100 y 101 del Reglamento de la Ley Aduanera, regla 3.3.4. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017.