Nuevas reglas para los textiles y calzado en los Recintos Fiscales Estratégicos
📦 ¿Qué es el Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)? Es un régimen aduanero que exime el pago de contribuciones al ingresar a México para:
🏭 Elaborar, transformar o reparar mercancías
📦 Almacenar mercancías
❗ Solo se pagan contribuciones si la mercancía se queda en el país.
🚨 ¿Cuál es la práctica indebida?
Algunas empresas introducen al RFE textiles y calzado terminados, o casi completos, para simular que se elabora, transforma o repara, para luego extraerlos del mismo:
❌ Sin pagar impuestos
❌ Sin cumplir regulaciones o restricciones no arancelarias
👉 Simulan operaciones de transformación o reparación que nunca ocurren.
⏱️ El textil y calzado terminado solo puede permanecer en el RFE por 3 meses.
A partir del 1° de enero de 2025, esta práctica es indebida, genera infracciones y sanciones y puede constituir delitos de defraudación fiscal y contrabando, conforme al Código Fiscal de la Federación.
✅ Importar con legalidad es proteger la economía y la industria nacional. Cumplir con las disposiciones del RFE es obligación de todas las personas usuarias de este régimen.
Fuente: Regla 4.8.2. y criterio no vinculativo 5/LA/NV de las RGCE 2025. Publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2024.