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Remitidas por Jefes de Estado o gobiernos extranjeros a la Federación, estados y municipios, así como a establecimientos de beneficencia o de educación

¿Quién puede importar mercancía bajo este procedimiento?

 La Federación, estados y municipios.

¿Cuáles son los requisitos para el trámite?

  • Tramitar pedimento de importación a través de un agente aduanal, anexando:
    I. Previa opinión de la SRE (carta donación del donante, carta aceptación de la entidad de gobierno, comunicación emitida por SRE).
    II. Documentos que acrediten el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.

En estos casos, el agente aduanal tendrá derecho a una contraprestación de $450.00 (cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 m.n.) de conformidad con el artículo 160, fracción IX, último párrafo de la Ley Aduanera vigente.

Recuerda declarar dentro del pedimento el identificador IS que corresponde a las mercancías exentas de impuestos al comercio exterior.